No todas las cámaras instaladas en las calles colombianas tienen permiso para sancionar. Aprende a verificar la legalidad de cualquier cámara en 3 pasos.
Una cámara de fotomultas es legal solo si: (1) tiene autorización vigente de la ANSV, (2) está calibrada, (3) está señalizada y (4) opera en la ubicación autorizada. Si no cumple cualquiera de estas, las comparendos que imponga son nulos.
La Ley 1843 de 2017 los define como: "todas las ayudas tecnológicas como cámaras de vídeo y equipos electrónicos de lectura que permitan con precisión la identificación del vehículo o del conductor".
Pueden ser:
Toda cámara que se use para imponer comparendos debe cumplir todos estos requisitos:
| Requisito | Detalle | Base legal |
|---|---|---|
| Autorización ANSV | Resolución vigente por máximo 5 años. La solicita la autoridad de tránsito ante el Ministerio de Transporte con concepto favorable de la ANSV. | Ley 1843/2017 art. 2 · Res. 718/2018 art. 6 |
| Estudio de viabilidad | Debe estar soportado en siniestralidad, prevención, movilidad e historial de infracciones. | Res. 718/2018 art. 5 |
| Calibración trazable | Por laboratorio acreditado o por el Instituto Nacional de Metrología. | Ley 1843/2017 art. 13 |
| Señalización visible | 500 m antes en vías nacionales para velocidad; avisos en otros puntos. | Ley 1843/2017 art. 8 |
| Ubicación autorizada | La cámara solo opera en el lugar exacto para el que fue autorizada. | Res. 718/2018 |
| Operador registrado | Si es privada, debe tener contrato con la autoridad y no cobrar más del 10%. | Ley 1843/2017 |
Si en el punto no hay señal visible que advierta la detección electrónica, es una primera alerta. En vías nacionales con velocidad, debería estar a 500 metros antes.
Radica un derecho de petición a la Secretaría de Tránsito local y a la ANSV pidiendo:
La autoridad debe responder en 15 días hábiles.
Solicita también:
Si detectas cualquiera de estas situaciones, la cámara probablemente NO es legal y el comparendo se puede tumbar:
Estas cámaras fotográficas detectan el paso de un semáforo en rojo. Requieren los mismos requisitos: autorización ANSV, calibración y señalización previa (línea de detención y semáforo).
Las cámaras que se usan en peajes o en sistemas de transporte masivo (TransMilenio, MIO, Metro) tienen un régimen especial y deben estar claramente señalizadas en la entrada al sistema.
Cuando el uso de los equipos es exclusivamente pedagógico o de análisis de tráfico, no requieren autorización del Ministerio de Transporte (Res. 718/2018). Pero si se usan para sancionar sin autorización, la multa es ilegal.
También deben ser autorizados por la ANSV. Si un agente de tránsito te detiene con un cinetómetro portátil que no está acreditado, la medición es discutible.
Cuando uses el derecho de petición, solicita toda la documentación: resolución de autorización, estudio de viabilidad, calibración, contrato con el operador y señalización. Si falta algo, tienes un argumento sólido para impugnar.
Envíanos una foto del comparendo y, si es posible, del lugar donde estaba la cámara. Te orientamos sobre cómo verificar su legalidad.
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